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Proceso Electoral 2014-2015
Cómputo total
El Consejo Distrital deberá realizar el recuento de votos de la totalidad de las casillas instaladas en
el distrito, en los siguientes casos:
• Si existe indicio de que la diferencia entre el presunto ganador y el segundo lugar es igual o
menor a un punto porcentual, y al inicio de la sesión exista petición expresa del representante
del partido en segundo lugar.
• Si al finalizar el cómputo ordinario (con o sin recuento parcial) la diferencia entre el candidato
ganador y el segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual y exista la petición expresa
del representante del partido en segundo lugar.
En el siguiente esquema se muestra el procedimiento a seguir en el recuento total:
Concluye el cómputo.
El presidente del Consejo Distrital ordena la creación de grupos de trabajo integrados por los
consejeros electorales, los representantes y los vocales, quienes los presiden.
Se realiza nuevamente el conteo de los votos, contabilizando las boletas sobrantes, los votos
nulos y los votos válidos para cada partido político, coalición y candidato.
Se levanta el acta del recuento de cada casilla, con el resultado de cada partido, coalición
y candidato en el grupo de trabajo.
El presidente del Consejo Distrital realiza la suma de los resultados del acta de cada grupo de
trabajo y los asienta en el acta de cómputo de la elección.
Por cada coalición se dividen los votos del candidato entre el número de partidos
que la integran.
El resultado se suma a la votación obtenida por cada partido de la coalición.
La suma de los votos obtenidos por cada candidato constituirá el cómputo distrital
de la elección.