Página 15 - INE-MANUAL DEL OBSERVADOR ELECTORAL

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Proceso Electoral 2014-2015
¿Quiénes pueden solicitar una consulta popular?
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* Cuando la propuesta provenga de los integrantes de las cámaras de Diputados o de Senadores, tendrá que ser por el equivalente al 33% de
los integrantes de cualquiera de las cámaras.
** Cuando la propuesta provenga de los ciudadanos, será por al menos del 2% de los inscritos en la Lista Nominal.
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Art. 12, LFCP.
Votar en la consulta popular es un derecho y una obligación
de los ciudadanos para participar en la toma de decisiones sobre temas
de trascendencia nacional (art. 7, Ley Federal de Consulta Popular).
Consulta
popular
Ciudadanos**
Integrantes
de las cámaras*
(Diputados o
Senadores)
Presidente
de la
República
• Podrán respaldar más de una consulta popular, pero no
procederá el trámite de las consultas que sean respalda-
das por los mismos ciudadanos cuando éstos rebasen el
20% de las firmas de apoyo. En este caso sólo procederá
la primera solicitud (art. 12, LFCP).
Ciudadanos