Página 145 - INE-MANUAL DEL OBSERVADOR ELECTORAL

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U
n delito es el acto u omisión que sancionan las leyes penales. Los delitos electorales federa-
les son conductas que describe y sanciona la Ley General en Materia de Delitos Electorales
(
lgmde
), que lesionan o ponen en peligro la función electoral federal y específicamente el voto en
cualquiera de sus características.
Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito electoral debe hacerlo saber de
inmediato a la autoridad competente, especialmente en aquellos casos en los que exista flagran-
cia
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y resulte posible la detención del probable responsable.
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1. Datos que debe contener una denuncia
La denuncia es una relación de los hechos, es decir, una crónica concreta y ordenada del evento,
que debe contener los nombres de las personas que intervinieron (el denunciante, la víctima, los
testigos e inculpado), los domicilios o lugares donde puedan ser localizados, las circunstancias de
lugar, tiempo, modo (forma de realización), así como todas las pruebas que pudieran allegarse:
fotografías, videocasetes, audiocasetes, documentos u otros objetos que constituyan elementos de
prueba (no ilícitos) que pudieran acreditar los hechos que se investigan.
2. Delitos electorales
A los individuos que incurran o cometan algún delito electoral se les imponen sanciones como la
pérdida del derecho al voto activo y pasivo, la suspensión de sus derechos políticos así como multa
y privación de la libertad. Tratándose de servidores públicos que cometan cualquiera de los delitos
previstos en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, se les impondrá, además de la sanción
correspondiente en el tipo penal de que se trate, la inhabilitación para ocupar un empleo, cargo a
comisión en el servicio público federal, local, municipal o de los órganos político-administrativos
de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, de dos a seis años y, en su caso, la destitución
del cargo.
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Aquello que se está ejecutando en el momento.
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En el Distrito Federal, las denuncias de delitos electorales federales se pueden presentar en la FEPADE, ubicada en
Boulevard Adolfo López Mateos núm. 2836, colonia Tizapán San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, C. P. 01090,
México, D. F., o en cualquier agencia del Ministerio Público. En los estados de la República las denuncias se pue-
den presentar en cualquiera de las agencias del Ministerio Público de la Federación o del fuero común. Para mayor
información sobre la FEPADE y los delitos electorales, llamar de forma gratuita en toda la República a FEPADETEL
01 800 833 72 33.