Página 67 - INE-MANUAL DEL OBSERVADOR ELECTORAL

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Proceso Electoral 2014-2015
Los ciudadanos interesados en registrar su candidatura deberán hacerlo del conocimiento del
ine
por escrito. Durante los procesos electorales en que se renueva solamente la Cámara de Diputados,
los aspirantes deberán:
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A partir del día siguiente que obtengan la calidad de aspirantes, contarán con 60 días para realizar
los actos para recabar el apoyo ciudadano.
Para obtener el apoyo ciudadano los aspirantes a candidatos independientes podrán realizar reunio-
nes públicas, asambleas, marchas, etcétera.
La obtención del apoyo ciudadano para la candidatura a diputado por el principio de Mayoría Re-
lativa se conseguirá de la manera siguiente:
En la búsqueda del apoyo ciudadano para conseguir el porcentaje requerido para el registro de la
candidatura independiente, los aspirantes deberán abstenerse de realizar:
• Actos anticipados de campaña por medio alguno. La violación de esta disposición representa
la negativa de registro como candidato.
• Contratar propaganda o cualquier forma de promoción en radio y televisión.
Los actos realizados para obtener el apoyo ciudadano se financiarán con recursos de origen lícito,
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Art. 368, LGIPE.
Registrarse ante el Vocal Ejecutivo de la Junta Distrital correspondiente
Cédula de respaldo con un número de firmas equivalente a por lo
menos el 2% del Listado Nominal de Electores del distrito electo-
ral de que se trate.
La cédula de respaldo deberá estar integrada por electores de por
lo menos la mitad de las secciones electorales y sumar al menos el
1% de ciudadanos del Listado Nominal en cada sección electoral.