Página 69 - INE-MANUAL DEL OBSERVADOR ELECTORAL

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Proceso Electoral 2014-2015
2.2.
derechos
y obligaciones
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Una vez registrados, los candidatos independientes tienen, entre otros, los derechos siguientes:
• Participar en la campaña electoral correspondiente y en la elección para el cargo para el que
hayan sido registrados.
• Acceso a los tiempos de radio y televisión, el conjunto de candidatos independientes será to-
mado como si se tratara de un partido político de nuevo registro, en forma proporcional al tipo
de elección de que se trate, únicamente en la etapa de las campañas electorales.
• Obtener financiamiento público y privado de acuerdo con la ley.
• Realizar actos de campaña y difundir propaganda electoral en los términos de la ley.
• Replicar y aclarar la información que generen los medios de comunicación, cuando conside-
ren que se deforma su imagen o que se difundan hechos falsos o sin sustento alguno.
• Designar representantes ante los órganos del Instituto.
• Solicitar a los órganos electorales copia de la documentación electoral, a través de sus repre-
sentantes acreditados.
Entre las obligaciones de los candidatos independientes a participar en cargos de elección popular
se encuentran:
• Conducirse con respeto irrestricto a lo dispuesto en la Constitución y en la ley.
• Respetar y acatar los Acuerdos que emita el Consejo General del
ine
.
• Respetar y acatar los topes de gastos de campaña.
• Proporcionar al
ine
la información y documentación que se le solicite.
• Ejercer las prerrogativas y aplicar el financiamiento exclusivamente para los gastos de campaña.
• Insertar en su propaganda de manera visible la leyenda: “Candidato independiente”.
• Depositar únicamente en la cuenta bancaria aperturada sus aportaciones y realizar todos los
egresos de los actos de campaña con dicha cuenta.
• Presentar los informes de campaña sobre el origen y monto de todos sus ingresos, así como su
aplicación y empleo.
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Arts. 393 y 394, LGIPE.