Página 71 - INE-MANUAL DEL OBSERVADOR ELECTORAL

Versión de HTML Básico

71
Proceso Electoral 2014-2015
Financiamiento
privado
• No deberá de exceder el 10% del tope de gasto para la elección en turno.
Financiamiento
público
• El monto que le correspondería a un partido de nuevo registro, se distribuirá entre
todos los candidatos independientes registrados de la siguiente forma:
Un 33.3% de forma igualitaria entre todas las fórmulas para diputados.
En caso de que sólo un candidato obtenga su registro, el financiamiento no podrá
exceder del 50% de los montos referidos.
Para el control y la administración de los recursos públicos otorgados, los candidatos independien-
tes deberán nombrar a una persona encargada del manejo y de la presentación de los informes
respectivos.
2.4.
acceso
a
radio
y
televisión
El
ine
, encargado de la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión,
garantizará a los candidatos independientes el uso de las prerrogativas en estos medios.
Los candidatos independientes, según el tipo de elección, accederán a la radio y la televisión como
si se tratara de un partido de nuevo registro, únicamente se les entregará en conjunto la parte co-
rrespondiente del 30% que es dividido en partes iguales entre los partidos políticos nacionales.
83
Como ya se mencionó, los candidatos independientes sólo tendrán acceso a radio y televisión en
campaña electoral.
2.5.
franquicias
postales
Durante la campaña electoral los candidatos independientes tendrán acceso a las franquicias posta-
les y dentro del distrito electoral por el que se compite.
Cada uno de los candidatos será considerado como un partido de nuevo registro para la distribución
del 4% de la franquicia postal.
2.6.
fiscalización
a
candidatos
independientes
La Unidad Técnica de la Comisión de Fiscalización del
ine
tiene a su cargo la revisión de los in-
formes que como aspirantes presenten sobre el origen y destino de sus recursos y de los actos para
el apoyo ciudadano, así como la recepción y revisión de los informes de ingresos y egresos que
83
Art. 41, párrafo segundo, base III, Apartado A, CPEUM, y arts. 167, 411 y 412, LGIPE.